Bajas de Vehículos
Para tramitar la baja de un vehículo es indispensable acudir con él a un CENTRO AUTORIZADO DE TRATAMIENTO DE VEHÍCULOS FUERA DE USO (CAT), según Real Decreto 1383/2002 y Orden Ministerial 249/2004 del 12/02/2004. Allí se emitirá el Certificado de Destrucción, y conectando telemáticamente con la DGT, será anotada la Baja Definitiva del vehículo en tiempo real.
El servicio que ofrecemos incluye recogida con grúa y tramite de baja definitiva en Tráfico, por medio de un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.).
Puede comprobar el estado de la baja de su vehículo a través del siguiente enlace de la DGT:
http://www.dgt.es/portal/eu/oficina_virtual/verificacion/comprobacion_bajaEl vehículo para retirar debe tener al menos las dos ruedas traseras y no haber sido despiezado previamente.
Documentación necesaria a presentar para la baja de vehículos
- Permiso de circulación
- Ficha técnica
- Fotocopia del DNI del titular
- Solicitud de baja firmada por el titular o representante en caso jurídico
- descargar formulario de baja
De no poder acudir el titular deberá firmar una autorización
- descargar formulario de autorización
Sí ha extraviado la documentación deberá firmar una Declaración Jurada
- descargar formulario para Declaración Jurada
Sí el vehículo está a nombre de una persona jurídica
- descargar formulario para persona jurídica
En caso de titular fallecido
- Fotocopia del certificado de defunción
- DNI de la persona fallecida
- Solicitud de baja firmada por el heredero
- Acreditación de parentesco (Libro de familia)
- Certificado de herederos
- descargar formulario para titular fallecido
Descargue el formulario más adecuado a sus necesidades:
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